Para entender lo que se relata a continuación, situamos una definición de lo que es una Mutua de Accidentes, como se las conoce entre las trabajadoras y trabajadores: una Mutua es una asociación de empresarios sin ánimo de lucro que colabora con el sistema de la Seguridad Sociall en la gestión de importantes prestaciones del sistema de Seguridad Sociall como son las contingencias profesionales, la incapacidad temporal o el cese de actividad de los trabajadores autónomos.

De entrada, la misma definición contiene elementos que nos indica su auténtica naturaleza. Primero, una Mutua es una asociación de empresarios. No haremos mucho caso a la broma de sin ánimo de lucro, pues si bien, de forma directa, no obtiene un lucro directo, lo obtiene, y a base de bien, a través de su gestión. En segundo lugar, gracias a la generosa cesión por parte de la Seguridad Social de la gestión de las contingencias profesionales, esto es, los accidentes de trabajo, y de la incapacidad temporal, esta asociación de empresarios pasa a gestionar todo aquello que, de una forma u otra, afecta a la salud de la clase trabajadora, tanto en lo que se refiere a los accidentes de trabajo como a enfermedades comunes no laborales. De forma muy sucinta, se le ha encomendado al lobo cuidar de la salud de las ovejas.

Pues bien, ahora un caso real ocurrido a un trabajador en su centro de trabajo. Este compañero, de unos cincuenta y pico de años, trabaja como personal de mantenimiento en una empresa de hostelería y sufre una caída en altura golpeándose la cadera contra el suelo. Él mismo, con la ayuda del compañero que estaba con él en esos momentos, acudió a su centro de salud, ya que le dolía bastante el golpe recibido. El médico que lo atiende le dice que, tratándose de un accidente de trabajo, debe acudir a su Mutua para recibir atención médica. El trabajador se desplaza hasta la Mutua, que está en otra localidad, donde se le hace una ecografía y se le dice que no aparece lesión alguna recetándosele unos analgésicos. Tras esto vuelve al trabajo, pero en los días siguientes el dolor, lejos de ir a menos, va en aumento, comenzando a cojear visiblemente. Acude de nuevo a la Mutua, donde le dan cinco días de baja y le indican que continúe con los analgésicos y antiinflamatorios. A partir de aquí, comienza un verdadero calvario para el trabajador y su familia. El dolor continúa y comienza a no poder andar, debiendo ayudarse de muletas. A todo esto, la Mutua le da el alta y lo manda a trabajar.

El trabajador acude de nuevo a la médico de la Mutua, quien insiste en que no tiene nada, llegándole a decir que, con su edad, es normal comenzar a tener dolores. El trabajador fue sumamente prudente y no se cagó en todas las castas de la “matasana” y optó por recurrir a su médico de familia, quien envía un informe a la Seguridad Social, tras lo cual, la Seguridad Social le da nuevamente la baja por accidente y requiere a la Mutua para que preste asistencia a ese paciente. Pues bien, lejos de prestar esa asistencia, la miserable de la doctora de la Mutua recurre ante la Seguridad Social y consigue que le den el alta al trabajador, ya que, según ella, no tiene nada. Todo esto que aquí resumimos dura más de tres meses y el compañero no para de empeorar. Tras comentar su caso con compañeros sindicalistas (él no está afiliado a ningún sindicato), le aconsejan que acuda a un abogado laboralista y que se haga con un informe pericial realizado por un médico forense.

El perito forense le solicita una prueba TAC, donde se aprecia una lesión en el entronque del fémur con la cadera, de naturaleza traumática, con necrosis de parte del tejido que rodea el hueso y que, seguramente, será necesaria la cirugía para restablecer, en lo posible, la articulación.

El trabajador ya ha iniciado las correspondientes acciones legales contra la Mutua, la Seguridad Social y la empresa por los daños y perjuicios ocasionados por la negligente actuación de los médicos de la Mutua.

Ahora sí se entenderá por qué decíamos al inicio lo de poner al lobo al cuidado de las ovejas. Estas Mutuas, creadas y dirigidas por empresarios, cumplen la función para la que fueron creadas, que no es otra que la de acortar al máximo el tiempo de recuperación que las trabajadoras y trabajadores necesitan para curarse y, de ese modo, volver al trabajo para que el orondo empresario pueda obtener su valiosa plusvalía.

Ante esto, nos preguntamos qué pasaría si las trabajadoras y trabajadores empezasen a exigir que en esas Mutuas existan consejos obreros que desarrollen labores de inspección con capacidad para intervenir en la gestión de las IT. Seguramente, el panorama cambiaría mucho.

F.J. Ferrer

 

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