En el artículo precedente, se trató, en términos generales, cómo la negociación sobre asuntos de suma importancia para la clase obrera ha sido asumida por los agentes sociales -patronal y los dos sindicatos mayoritarios fundamentalmente- y el gobierno de turno, quedando la clase obrera totalmente al margen de dichos procesos. Pero esta exclusión de los procesos negociadores no se limita a aquellos asuntos generales de ámbito estatal, sino que desciende hasta lo inmediato y concreto, como puede ser, por ejemplo, la negociación de un convenio colectivo.

Esta exclusión de la clase obrera en todo lo concerniente a los procesos de negociación y demás asuntos que le conciernen no puede entenderse sin dar un vistazo antes al conjunto de circunstancias que han ocasionado esta situación. Por un lado, la deriva ideológica que han venido padeciendo los partidos socialdemócratas y revisionistas-oportunistas, que siguiendo la hoja de ruta que les marcó la burguesía en su momento, han estrangulado cualquier manifestación reivindicativa del movimiento obrero en aras de la “paz social”, una paz que solo sirve para que, en el marco de la lucha de clases, la burguesía pueda maniobrar más cómodamente en defensa de sus intereses de clase y en perjuicio de los intereses del proletariado. Esta “paz social” o “pacto social”, solo ha servido para desarmar ideológicamente a la clase obrera, privándola de sus tradicionales formas de lucha, encauzando sus reivindicaciones por los estrechos márgenes que la legislación burguesa ha impuesto.

De esta forma, la clase obrera ha ido perdiendo paulatinamente su forma asamblearia para la toma de decisiones que afectan al conjunto de las trabajadoras y trabajadores de un centro de trabajo o un sector determinado de la producción. En su lugar, son los sindicatos, sobre todo los considerados mayoritarios, los que se han arrogado la representación de los colectivos obreros en las mesas de negociación con la patronal. El problema no sería tal si estas organizaciones sindicales hubiesen mantenido su forma asamblearia entre sus afiliadas y afiliados, de tal forma, que sería el colectivo de trabajadoras y trabajadores el que acordase las reivindicaciones, ya fuesen laborales o de otra índole, y sus representantes sindicales los encargados de defenderlos en la mesa de negociación. Defensa que, dicho sea de paso, no desdeña o elude cualquier forma de lucha que garantice una mejor posición de fuerza en tales negociaciones.

Como consecuencia de todo esto, nos encontramos con el caso generalizado -hay sus excepciones- de que los convenios colectivos estatales, autonómicos, provinciales o simplemente de empresa, son negociados entre la patronal y sindicatos sin intervención alguna de las obreras y obreros afectados por tales convenios. Es más, estas y estos se enteran del contenido de tales convenios cuando finalmente son publicados en los diarios oficiales que, por su ámbito, corresponda. En más de una ocasión, las trabajadoras y trabajadores se han encontrado con la desagradable sorpresa de que el nuevo convenio empeora las condiciones del convenio anterior.

Además, tampoco existe una participación directa de obreras y obreros en asuntos como Expedientes de Regulación de Empleo o Expedientes de Regulación de Temporal de Empleo, pues es la denominada “representación legal de los trabajadores” (comités de empresa o delegados de personal) quien ejerce de  interlocutora con la empresa. Esta perversa “representación legal” tampoco acude al colectivo afectado para que en asamblea puedan decidir qué hacer o qué medios de lucha se pueden emplear. Lejos de esto, se limitan a presentar lo ya acordado con la patronal como política de hechos consumados.

Por otro lado, incluso el uso de herramientas de lucha tradicionales de la clase obrera les han sido escamoteadas y usadas para intereses de los propios sindicatos que del colectivo obrero, como las convocatorias de huelgas sin contar con la decisión de la asamblea de trabajadoras y trabajadores o su desconvocatoria sin contar con el mismo trámite.

Ante esta situación, los Comités para la Unidad Obrera (CUO) se erigen como una herramienta urgente para afrontar las próximas luchas y confrontar con éxito a la patronal.

F.J. Ferrer

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