DESTACADO

Bajo la apariencia de incentivar la contratación en España se da otro golpe de gracia al sistema público de protección social.

Mediante la aplicación de la tarifa plana no se bonifica la cotización ni tampoco se obliga al Servicio Público de Empleo Estatal a que asuma el pago de unas determinadas cantidades sino que, directamente, se reduce la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes en una cantidad enorme. Los cálculos efectuados prevén que la Tesorería General de la Seguridad Social perderá más de 2.700 millones de euros.

El Real Decreto Ley 3/2014 considera que es prioritario acelerar la recuperación y la creación de empleo, ahora que, según el Gobierno, la actividad económica ha retornado a tasas de crecimiento positivas, pero sin mencionar en qué condiciones se está produciendo la contratación en España (trabajo precario, a tiempo parcial y con bajos salarios).

Con la tarifa plana, el empresario que contrate de modo indefinido, entre el 25 de febrero y el 31 de diciembre de 2014, tendrá una cuota de:

- 100 euros al mes durante los 24 meses siguientes, con independencia del salario pagado, si el contrato es a tiempo completo,

- 75 euros si es a tiempo parcial con una jornada equivalente al 75 por ciento de la completa,

- 50 euros si es a media jornada.

Finalizado el plazo de 24 meses, las empresas que en el momento de celebrar el contrato objeto de reducción cuenten con menos de 10 trabajadores, tendrán una reducción durante otros 12 meses del 50 por ciento de la cuota empresarial correspondiente a ese trabajador.

El empresario puede ahorrarse entre 748,89 euros y 77,70 euros al mes por cada persona contratada y le bastara con tenerla contratada durante 36 meses. Porque si bien es cierto que el contrato es indefinido, las leyes españolas (a pesar de la tan cacareada recuperación económica) no han mejorado la protección frente a los despidos de los trabajadores y de las trabajadoras, de manera que sin grandes dificultades se puede deshacer de su personal, sobre todo, cuando los despidos no son declarados improcedentes, como ocurre cuando no se impugnan o cuando se alcanzan acuerdos extrajudiciales con la empresa.

La empresa puede incumplir con sus obligaciones porque sigue obteniendo beneficios, sobre todo, si deja que transcurra 1 año, dado que si extingue el contrato a los 12 meses de la contratación, el empresario deberá ingresar el 100 por 100 de la diferencia con la cuota que le correspondía, pero si la extinción se produce a los 24 meses de la contratación se reintegrará el 50 por 100 y si se produce a los 36 meses de la contratación el reintegro será solo del 33 por ciento. Es decir que se ahorra dinero, dinero que pierde el sistema público de Seguridad Social, porque las reducciones en la cuota empresarial no afectarán a la determinación de la cuantía de las prestaciones económicas a que puedan causar derecho los trabajadores afectados, que se calculará aplicando el importe íntegro de la base de cotización que les corresponda.

En definitiva, si el empresario incumple los requisitos para el disfrute de sus reducciones en la cotización a la Seguridad Social estará obligado a reintegrar las cantidades dejadas de ingresar, pero sin recargo ni interés de demora.

Y no es esto lo más sorprendente, leyendo la norma se descubre que el empresario para acogerse a la tarifa plana puede haber extinguido contratos de trabajo por causas objetivas o por despidos disciplinarios, declarados unos u otros judicialmente como improcedentes y puede haber extinguido contratos de trabajo por despidos colectivos, siempre que las extinciones se hayan producido antes del 25 de febrero de 2014. ¿Es esta la manera de conseguir un incremento del nivel de empleo?

La clase dominante protege sus intereses por encima de todo, se queda con el dinero de la Seguridad Social y anima a la clase obrera a que se haga un plan privado de pensión. ¿Hasta cuándo vamos a seguir aguantando? Por eso es tan importante que nos organicemos en el Partido Comunista para llevar a la clase obrera al poder, porque es la única que puede defender sus derechos.

Ignacio Pastor

uyl_logo40a.png