Según la definición de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el acoso laboral o mobbing es toda aquella acción verbal o psicológica puesta en práctica sistemática y persistentemente para humillar, ofender o amedrentar a una persona en el entorno laboral.

El acoso laboral, también conocido por el anglicismo mobbing, hace referencia tanto a la acción de un hostigador u hostigadores conducente a producir miedo, terror, desprecio o desánimo en el trabajador afectado hacia su trabajo, ​como el efecto o la enfermedad que produce en el trabajador.

Aunque en algunas de sus versiones puede darse en cualquier región y sistema, lo cierto es que el acoso laboral en su sentido amplio es propio del sistema capitalista en su fase de crisis final, y que se acrecienta con la caída de la tasa de ganancias. Al final el capital sólo piensa en dinero, el acoso no denunciado acaba en bajas voluntarias con el consiguiente ahorro de la indemnización por despido. A medida que la crisis del capital aumenta, aumentan los casos de acoso, la obtención de plusvalía de cualquier forma es el fin del capital.

El primer escollo es que los jueces estimen el acoso. Sólo el 21,5 % de las sentencias son estimadas por los jueces. De estas, el 68% acaban en la jurisdicción social, el 14 % en la administrativa y el 18 % llegan hasta la vía penal.

En el 90 % de los casos judicializados el acoso es moral con escasa presencia a nivel sexual (un 2,11 %).

En la posición de acosado salta un dato cuando menos curioso, hay paridad entre hombres y mujeres, con una pequeña diferencia a favor (bendito favor) de los hombres, un 51,8 % frente a un 48,8 %.

Estamos ante un fenómeno emergente, no porque no haya existido siempre, sino porque ahora se empieza a visibilizar. Todos tenemos en mente, al oficinista a quien se le pregunta a las 20:00h por qué se va ya… a medio camino entre la broma y la crítica, pero el acoso también existe en otros empleos más rudos.

El jornalero a quien acosa el capataz de turno, acusándole de bajo rendimiento. El albañil a quien se insulta de forma solapada, al camionero que por exigir su derecho a descanso se le tilda de “mariconada”.

El acoso reviste muchas formas, la más frecuente es la conocida como bossing o acoso vertical descendente, en el que un jefe o el dueño de una PYME, usa su posición de superioridad para realizar el acoso. No suelen ser personas débiles las que sufren el acoso, dado que estas suelen claudicar mucho antes.

La tipificación del acosado es de personas fuertes con buena cualificación en su trabajo y que al cabo de un tiempo empiezan a rebajarle de sus funciones, ningunearlos, incluso llegar al insulto. Esa posición de fortaleza hace que estas personas aguanten el mobbing, siendo procesos largos que acaban con el síndrome del quemado.

El acoso puede llegar hasta la falta de ocupación efectiva.

El magnificar los errores cometidos es el primer caso, seguido de apartar al trabajador acosado de sus funciones, amparándose en el error. Varían los casos en función del trabajo desempeñado, pero el punto común es la continuación en el tiempo del menosprecio.

¿Cómo demostrar acoso laboral?

Interrogatorio de las partes. Es decir, el testimonio tanto del acosador como de la víctima del acoso.

Documentos privados. Pueden ser correos electrónicos, mensajes de WhatsApp o de otras mensajerías instantáneas, fotografías, actas de reuniones, etc.

Interrogatorio de testigos.

¿Cómo denunciar el acoso laboral sin pruebas? A través de una evaluación psicológica de la persona en cuestión.

Si estás en algún caso parecido: denuncia. Porque solo la acción desenmascara al capital. Acude a sindicatos, a abogados, organízate y lucha, porque solo el pueblo organizado salva al pueblo.

Juan Luis Corbacho

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