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Pocas leyes suscitan tanta polarización, en el ámbito del derecho penal aún menos, como aquellas que tienen que ver con los derechos de las mujeres. Véase que tras más de una década ahí sigue cuestionándose la salud sexual y reproductiva. De alguna u otra manera se enredan discursos morales y religiosos, punitivos, legales, ideológicos y un largo etcétera para acabar imponiendo el debate justo en el punto que quieren las clases dominantes.

En el caso de la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, incluso antes de ver la luz, ya generó memes, dudas y diversos ataques por el tema del consentimiento. La reacción patriarcal y de los sectores más machistas y misóginos desde sus think tank se emplearon a fondo. Una vez publicada, tal ha sido la vocería mediática, que a estas alturas casi todo el mundo tiene opinión acabada sobre la ley del “solo sí es sí”. No obstante, algunas consideraciones para tener en cuenta cuando nos convidan a posicionarnos.

1.- Era necesario hacer una ley así, basada en el consentimiento como núcleo de las relaciones sexuales. Esa ha sido una reivindicación histórica del feminismo y parece hasta increíble que sea necesario legislarlo por ley. Seguramente porque no hay una educación afectivo sexual que eduque en igualdad y respeto y por tanto hace que no se tenga claro desde la infancia que las relaciones, también o sobre todo las sexuales, tienen que ser consensuadas y basadas en el placer mutuo y no en el poder. No sólo no hay medios para la formación en esos valores, sino que las generaciones más jóvenes la sustituyen por los contenidos que les brinda la industria pornográfica.

2.- Tal vez la sociedad, pese al clamor y consenso que pareció abrirse tras el “no es abuso, es violación” de la sentencia de la manada, que no reclamaba mayores penas sino la revisión de un tipo penal que revictimizaba y la manera en que se juzgaban los delitos sexuales, sigue bajo el yugo ideológico que considera a las mujeres sujetos subalternos.

3.- Más allá de las rebajas de las penas, definidas como “un efecto indeseado de la ley” (Se habla de 400 revisiones a la baja en más de 5000 condenados, cifras no oficiales) está detrás un tema político, de pelea por el protagonismo de los socios de coalición PSOE–UP. Realmente la solución de las penas era más bien sencilla, si la horquilla estaba entre 6 y 12 años se podía haber dejado ahí y no bajarla a entre 4 y 12, eso hubiera chocado con otras consideraciones como la de la proporcionalidad, pero sería otro debate.

4.- La rebaja de las penas no es achacable exclusivamente a que haya multitud de jueces retrógrados, el sistema judicial, y la judicatura, es básicamente patriarcal, no deja de ser uno de los cuatro poderes del estado burgués.

5. Producto de la intensa campaña realizada por la brunete mediática se ha creado tal situación de alarma social, en año electoral, que el PSOE ha redactado un parche para solventar las rebajas de penas, desde la vuelta al modelo penal anterior con el ejercicio de la violencia física y sus posibles “marcas”, introduciendo otra vez los conceptos de intimidación y violencia. Poniéndose el acento en la política punitiva.

6.- Ni “chapuza” ni “perfecta”. Al margen del debate de las penas, ni centros 24 horas ni juzgados especializados tienen dotación presupuestaria. Una vez más se hacen propuestas que si no llegan más allá con educación y medios económicos se quedan en papel mojado.

Lola Jiménez

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