Existe estos días mucha polémica en torno a la posible reforma del Código Penal. El Gobierno ha dejado la puerta abierta a su modificación, transaccionando una rebaja de penas para el delito de sedición (que van de 8 a 15 años) con un aumento de las penas por rebelión, acompañada de un endurecimiento de la legislación en los casos de delitos medioambientales y de género. Esta medida, homologaría la legislación española con la de otros países de la UE, donde el delito de sedición conlleva penas menores. Como cabía esperar, la oposición de derecha extrema y extrema derecha se ha lanzado al cuello, demostrando una vez más que no tiene más planteamiento político que la represión, presentando la medida como “indulto camuflado” para las presas y presos políticos catalanes, que se beneficiarían de una mengua en sus penas.
La rebaja de penas en el delito de sedición es importante, se ha comprobado que es una figura penal que se puede aplicar a opositores políticos y a dirigentes de los movimientos sociales (como “los Jordis”) cuando al capital le interese, si bien no hay que olvidar que probablemente se aumentarían las penas por rebelión, delito por el que se imputó en un primer momento a todas estas personas. El Código Penal es muy amplio, con más de 600 artículos, y aborda muchas situaciones diferentes, y cabe destacar que, cuando se habla de reformarlo, no se aborda la modificación de dos artículos fundamentales para los intereses de la clase obrera, que forman parte del conjunto de normas que se han denominado en los últimos años “leyes mordaza”: el artículo 172, que regula el delito de coacciones, y el artículo 315.3, que literalmente dice “Quienes actuando en grupo o individualmente, pero de acuerdo con otros, coaccionen a otras personas a iniciar o continuar una huelga, serán castigados con la pena de prisión de un año y nueve meses hasta tres años o con la pena de multa de dieciocho meses a veinticuatro meses”. Este último fue reformado en 2015, suavizando las penas a aplicar, pero dejando intacta su esencia represora contra el libre ejercicio del derecho a huelga. Cabe destacar que los dos primeros apartados del artículo 315, también matizados en 2015, dicen proteger a los trabajadores y trabajadoras de quienes pretendan limitar su libertad sindical y de participación en huelgas, aunque no hay noticias sobre su aplicación a patrones y encargados, mientras que son cientos los y las sindicalistas que han estado imputados en base al artículo 315.3. Queda claro que “la ley nos burla”, como dice la letra de La Internacional.
Contra dicho artículo 315.3, que es la que ha sustentado en los últimos años las medidas punitivas contra los y las sindicalistas que han osado ejercer su derecho a huelga y desafiar al capital, las organizaciones sindicales desarrollaron una campaña sostenida, obteniendo el soporte de los partidos que componen el actual gobierno, y también de quienes les han apoyado. Ahora, la correlación de fuerzas política ha cambiado, pero de momento se habla de la reforma de otros apartados del Código Penal. ¿Se olvidará el “Gobierno Progresista” de sus promesas de sacar la mordaza del código penal? Parece que sí, al menos de momento. Bien harían los sindicatos en insistir en la modificación de ambos artículos del Código Penal, para que de la próxima Huelga General no se deriven procesos penales para centenares o miles de sindicalistas, ya que como bien dijo el exsecretario general de CCOO, Fernández Toxo, el artículo 315.3 “sigue estableciendo la huelga como un sujeto sobre el que aplicar el Código Penal, cuando lo que debería hacer es protegerlo de los abusos de los empresarios que, en muchos casos, tratan de restringir el derecho de huelga”.
Resulta poco halagüeño que una de las últimas medidas del anterior gobierno en funciones de Sánchez, fuese aprobar la denominada “mordaza digital”, con el apoyo de su socio preferente; pero con la presión popular adecuada, puede que la clase obrera obtenga resultados. Es hora de exigir al Gobierno y a los partidos que lo sustentan que cumplan las promesas que hacen cuando están en la oposición, que en demasiadas ocasiones caen en el olvido cuando pasan a gobernar. Solo la movilización sostenida de la clase obrera y las capas populares, podrá conseguir mejoras en las leyes y en nuestras condiciones de vida y trabajo.
J.P.