El próximo 12 de agosto entra en vigor la tan discutida Ley Rider; fecha en la cual las empresas deberán, en teoría, acabar las relaciones de falsos autónomos que se dan con estos trabajadores. Los últimos meses este debate ha estado presente en los informativos y telediarios, donde la supuesta comunista y ministra de trabajo Yolanda Díaz nos presentaba la nueva propuesta de Ley Rider como una salvación para esta porción de la clase trabajadora en condiciones tan precarias.
Sobre el papel, esta ley es una ampliación del estatuto de los trabajadores que servirá para obligar a las empresas a contratar al personal que emplean para los repartos y así permitir que abandonen la condición de falso autónomo. Así como obliga a las empresas a dar a conocer a la representación de los trabajadores, los comités de empresa, los algoritmos bajo los cuales sus servicios son demandados por las aplicaciones como Glovo, Deliveroo o Uber Eats.
Esto, en teoría, permitirá al trabajador disfrutar del derecho a vacaciones pagadas, remuneración de las horas extras, regulación del tiempo de descanso, establecimiento de una jornada de trabajo máxima, cotización a la seguridad social y derecho a la prestación por desempleo, además de estar exentos del pago de la cuota de autónomos.

Sin embargo, ¿cuál es la realidad detrás de la aprobación de esta ley? La primera es que esta ley es innecesaria, pues ya existe el marco legal que obliga a las empresas a contratar directamente a los y las riders, como así lo respaldan las numerosas sentencias del Tribunal Supremo contra estas compañías y como también recoge actualmente el propio estatuto del trabajador.
Lo segundo, es una ley pactada entre la patronal, el gobierno y las direcciones centrales de CCOO-UGT; negociación en la que las plataformas de riders más combativas no han tenido la oportunidad de participar. Esta situación por sí sola ya es un gran aviso de que poco o nada positivo vamos a sacar de esta ley, pues si los trabajadores y trabajadoras no estamos presentes en las negociaciones, difícilmente el resultado de esta nos será favorable, pues directamente nuestra voz y visión del problema ni son tomadas en cuenta.

Y por último, la aprobación de esta ley no cierra la puerta a que estas empresas de reparto subcontraten servicios a otras empresas, ya sean ETT o cooperativas de trabajadores. Cooperativas de trabajadores que no serían otra cosa que una unión de falsos autónomos a los cuales Glovo o Deliveroo contactarían para demandar sus servicios, colocándonos exactamente en la misma situación en la que estamos ahora; pero abriendo la puerta a un nuevo nivel de explotación, similar a lo que ocurre en empresas como Uber o Cabify, como es que ciertas personas compren licencias y se den de alta como autónomos para trabajar para empresas de reparto (como Deliveroo, Glovo o Uber Eats) y estas a su vez subcontraten a personas para hacer los pedidos, lo que pone a los repartidores en una precarización aún mayor si cabe.
Curiosamente, la patronal y las empresas, pese a aprobar una ley que les es completamente favorable, se posicionan en contra de esta ley; pues, aunque mínimamente, les perjudica. Así, ya han anunciado que no van a acatarla y que la contratación directa no es una opción para ninguna de las grandes plataformas.
Es difícil adivinar cómo se desarrollarán los acontecimientos en un futuro próximo. No obstante, podemos afirmar con cierta seguridad que, por un lado, el modelo de falsos autónomos es el modelo idílico de las empresas: se deshacen de todos los costes y abren la puerta a una explotación extrema de nuestra fuerza de trabajo; situación que ya se puede ver nacer con cierta claridad en el sector de las telecomunicaciones. Y por otro lado, podemos afirmar que sin una organización de la clase obrera que exponga sobre la mesa las condiciones en las que su trabajo ha de darse, la clase obrera está vendida.
Julio Hernández

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