El gobierno en funciones presentó el pasado octubre un proyecto de Real Decreto para transponer la Directiva (UE) 2017/2398 por la que se modifica la Directiva 2004/37/CE relativa a la protección contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes carcinógenos o mutágenos durante el trabajo.

Siendo el “supuesto” espíritu de la trasposición la protección frente a la exposición de agentes peligrosos para la salud durante la jornada laboral, se da la paradoja de que, en el caso concreto de la exposición a la sílice cristalina, el límite establecido en España desde 2015 (0,05 mg/m3) suponía una mayor protección de la salud que el actual límite europeo (0,1 mg/m3) de aplicación en enero de 2020. Si bien es cierto que es de obligado cumplimiento la transposición de la Directiva, es igualmente cierto que se hubiera podido mantener el límite inferior que ofrecía una mayor protección de la salud laboral, tal y como propuso el INSST [1].

Esta situación tiene especial relevancia en el estado puesto que se registraron más de un millón de trabajadores y trabajadoras en sectores con exposición a la sílice en 2018 [2], siendo probable que, en realidad, esa cifra sea mayor. 

Cabe señalar que la sílice es un material natural muy abundante en la naturaleza y que presenta unas propiedades técnicas apropiadas para múltiples aplicaciones industriales. La exposición a esos minerales se produce en actividades históricas como la minería, así como otras más actuales como la manipulación de piedra ornamental, mármoles, piedra artificial (como Silestone) y sandblasting o limpieza con chorro de arena (utilizada tanto para eliminar restos de óxido y pintura en metales, como para el desgastado de tejido vaquero). La inhalación de las partículas finas producidas durante el chorreo, pulido o cortado en seco causa su deposición en las vías respiratorias desencadenando la silicosis, que es una enfermedad progresiva, incapacitante e incurable. La única medida terapéutica cuando se prevé un fallo respiratorio fatal es el trasplante de pulmón. Asimismo, dicha exposición aumenta el riesgo de cáncer de pulmón, incluso en ausencia de silicosis, motivo por el que se recomiendan límites inferiores al mencionado. 

En 2018, se contabilizaron 270 nuevos casos de silicosis en España, lo que supuso un repunte, considerando los últimos diez años, gracias a un mayor esfuerzo en el diagnóstico de la enfermedad [2]. Sin embargo, eso refleja que el número de trabajadoras y trabajadores registrados en la serie temporal está, probablemente, por debajo del número de casos reales. 

Esta circunstancia, se considera anacrónica y en contra de las evidencias científicas, puesto que se ha optado en otros países por reducir los límites de exposición, precisamente, a 0,05 mg/m3 o incluso inferiores. Dicha medida se consideró técnicamente viable, se estimó una reducción del riesgo a la mitad y el estudio de impacto económico mostró que el beneficio económico superó los costes [3]. Aun así, se estima que con el nivel de 0,05 mg/m3 la probabilidad de contraer silicosis simple a lo largo de la vida laboral se encuentra entre el 20 y el 40%, por lo que los procedimientos y técnicas de manipulación de materiales (cortado húmedo y no en seco), los equipos de protección personal y la vigilancia de la salud de los y las trabajadoras son factores esenciales que determinan la salud en el trabajo. 

¿Dará un paso atrás el actual gobierno de coalición de izquierdas para evitar incrementar la carga de la enfermedad de la clase obrera o prevalecerán las alegaciones de la CEOE, CEPYME y la Asociación de Mutuas de Accidentes de Trabajo?

Arancha Gil


[1] Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. 2019. https://www.insst.es/-/limites-de-exposicion-profesional-para-agentes-quimicos-2019

[2] Instituto Nacional de Estadística. 2019. Nuevos casos de silicosis registrados en el INS durante el año 2018.

[3] US Occupational Safety and Health Administration. 2013. https://www.osha.gov/silica/Silica_PEA.pdf

Imagen tomada de “porExperiencia” número 81. 2019. https://porexperiencia.com/opinion/la-silicosis-cabalga-de-nuevo-exigimos-prevencion-y-vigilancia-postocupacional

 

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