Las nuevas Mutuas patronales podrán proponer el alta dando al servicio de Salud 5 días para ratificarla. En caso de silencio el alta será efectiva aunque se deba a la masificación y a la imposibilidad de los médicos de la SS de gestionar tantas solicitudes. La Ley facilita el acceso de los centros privados a la contratación de servicios con la Mutuas, y da acceso a la Historia clínica electrónica al INSS y a las Mutuas y aseguradoras, pervirtiendo el carácter asistencial de la historia clínica y utilizándola para conceder o denegar prestaciones económicas.

La Ley que criminaliza a trabajadores y trabajadoras enfermas por presunción de fraude, entró en vigor este 1 de Septiembre.